IMPORTE DEL 100% HASTA UN MÁXIMO DE 6.000€

Se incluirán dos lineas de ayudas para la subvención:
Línea 1: Subvenciones dirigidas a las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, personas trabajadoras por cuenta propia agraria y mutualistas
Línea 2: Subvenciones dirigidas a las sociedades cooperativas y sociedades laborales de Andalucía

Serán subvencionables aquellos proyectos de inversión realizados por la persona o entidad solicitante en el marco de alguna de las siguientes modalidades:
Modalidad A: Implantación y desarrollo de soluciones de transformación digital en la gestión empresarial.
Modalidad B: Incorporación de estrategias de marketing digital en la actividad de la empresa.

MODALIDAD A

a) Adquisición de equipos informáticos o de infraestructura de tecnologías de información y comunicación, cuando resulten necesarios para la instalación de software de gestión empresarial.

b) Adquisición de software de gestión empresarial Enterprise Resource Planning (ERP), Customer Relationship Management (CRM) o similar.

c) Adquisición de aplicaciones para el desarrollo e implementación de soluciones de digitalización.

d) Costes de consultoría en los que se incurra a propósito de la implantación de las soluciones de digitalización.

e) Costes de contratación de servicios “en la nube” para dar soporte al software de gestión empresarial durante el plazo de un año.

f) Adquisición de cualquier otra solución digital o nueva tecnología de la robotización.

MODALIDAD B

a) Gastos profesionales de creación, diseño e implementación de planes y campañas de marketing digital, posicionamiento on line, email, marketing, social media, remarketing, comunicación en redes sociales y publicidad en Internet.

b) Costes de consultoría para el análisis de procesos y definición de estrategias digitales, así como la consultoría de implantación.

c) Costes de consultoría para la supervisión del cumplimiento de los aspectos legales de la página web tales como la normativa vigente sobre protección de datos, política de cookies, normativa aplicable al comercio electrónico.

d) Costes de consultoría relativos a la formación del personal y la migración o carga de los datos significativos para que la página web sea operativa.

e) Gastos profesionales de diseño, creación o implantación de páginas web con o sin portal de ventas, y los gastos de proveedores web de plataformas Content Management System (CMS).

f) Costes de contratación de los servicios de proveedores web de plataformas CMS de código abierto y de proveedores de servicios gestionados Managed Servies Provides (MSP) durante el plazo de un año.

 

Cuantía de la subvención

La intensidad de la subvención será hasta 100% con un mínimo de 1.000€ y hasta un máximo de 6.000€. IVA excluido.

En caso de que la intensidad no fuera del 100%, el beneficiario deberá acreditar financiación propia.

Consultar condiciones de los beneficiarios en las bases

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